Si te pasa algo, que tu familia no quede además con el problema económico.
Un capital para tu familia si mueres por accidente, y para ti si un accidente te deja con una invalidez permanente. Más la asistencia funeraria en Chile y gastos medicos accidental.
- ✓ UF 200 por muerte accidental
- ✓ UF 100 por invalidez total y permanente
- ✓ UF 100 por desmembramiento
- ✓ UF 20 reembolso de Gastos Medicos
- ✓ UF 15 Gastos Funebres
Las coberturas, con sus topes a la vista
Estos son los límites reales del producto. Lo que exceda el tope de cada servicio queda fuera.
Muerte accidental
Se paga a tus beneficiarios si falleces por un accidente, sea en una emergencia, en ejercicios, en el cuartel o en tu vida diaria, siempre que ocurra dentro de los 180 días siguientes.
Incapacidad total y permanente por accidente
Si un accidente te hace perder, de forma irreversible, al menos el 35% de tu capacidad de trabajo, evaluada según el D.L. 3.500. Se determina dentro de los 90 días del accidente.
Desmembramiento accidental
Un porcentaje del capital según lo que pierdas. 100%: ambos ojos o dos miembros. 50%: un brazo, una pierna, una mano o ambos oídos. 40%: un pie. 35%: un ojo. 20%: un pulgar. 15%: el índice. 13%: un oído. 5%: otro dedo de la mano. 3%: un dedo del pie.
Incapacidad temporal por accidente
Si el accidente te deja con licencia médica de al menos 30 días, o del plazo que fije la póliza.
Reembolso de gastos médicos
Atención médica, farmacia y hospital que necesites por el accidente, dentro de los 30 días siguientes. Primero usas tu Fonasa, Isapre o Bienestar, y se reembolsa lo que quedó de tu cargo.
Gastos funerarios por accidente
Urna o ataúd, traslado de los restos, aviso del fallecimiento en un diario, sepultura y servicio religioso. Solo si el fallecimiento ocurre en Chile.
Qué sí y qué no
Preferimos que lo sepas ahora y no el día que lo necesites.
Sí cubre
- ✓ Accidentes en la emergencia, en ejercicios, en el cuartel o en tu casa: la póliza no limita el accidente a un lugar ni a un horario
- ✓ El fallecimiento por accidente, si ocurre dentro de los 180 días siguientes
- ✓ La pérdida de manos, piernas, vista u oído, con una escala escrita en la póliza
- ✓ La invalidez permanente desde el 35%, con derecho a una junta de tres cirujanos si no estás de acuerdo
- ✓ Los gastos médicos del accidente que tu Fonasa, Isapre o Bienestar no cubrió, hasta UF 20
- ✓ Los gastos funerarios de tu familia, hasta UF 15, si el fallecimiento ocurre en Chile
No cubre
- ✕ La muerte o la invalidez por enfermedad: las seis coberturas operan solo por accidente
- ✕ Infartos y otros ataques cardíacos, y la parálisis, aunque ocurran en plena emergencia
- ✕ Accidentes con más de 0,8 g de alcohol por litro de sangre, o bajo drogas, somníferos o alucinógenos, incluso camino a un llamado
- ✕ Riñas y peleas, salvo legítima defensa acreditada judicialmente
- ✕ Suicidio, autolesiones y lesiones consentidas
- ✕ Deporte de alto rendimiento o profesional, y carreras o competencias remuneradas
- ✕ Incidentes con materiales nucleares, biológicos o químicos peligrosos, cuando 50 o más personas mueren o quedan gravemente lesionadas
- ✕ Los gastos funerarios si el fallecimiento ocurre fuera de Chile
Ojo con esto antes de contratar
Las condiciones que más se pasan por alto en este producto.
El día que lo necesites
Lo que más nos preguntan
¿Me cubre si me accidento en una emergencia o en acto de servicio? + –
La póliza cubre accidentes sin distinguir lugar ni actividad, y el acto de servicio no figura entre sus exclusiones. Sí excluye los ataques cardíacos, la parálisis y los accidentes con alcohol sobre 0,8 g por litro o bajo drogas.
¿Y si sufro un infarto durante un incendio? + –
No está cubierto. Los ataques cardíacos y la parálisis son una exclusión de la póliza, ocurran donde ocurran.
¿Cuánto me pagan si pierdo una mano o un ojo? + –
El desmembramiento paga un porcentaje de UF 100: una mano, un brazo o una pierna, el 50%; un pie, el 40%; un ojo, el 35%; un pulgar, el 20%. La suma de todos los desmembramientos no supera el 100% del capital.
¿Cubre las quemaduras? + –
Si la quemadura es consecuencia de un accidente, sus gastos médicos se reembolsan hasta UF 20 por evento, un evento al año. Si deja una invalidez de al menos el 35%, aplica la cobertura de invalidez. La cirugía plástica o cosmética está excluida.
¿El reembolso sirve si tengo Fonasa, Isapre o Bienestar? + –
Sí, pero primero debes usarlos. Se reembolsa lo que realmente quedó de tu cargo. Sin ninguno de los tres, se reembolsa el 50% del gasto real, hasta UF 20.
¿Hasta qué edad puedo mantenerlo? + –
Se ingresa entre los 18 y los 69 años y 364 días, y se permanece hasta los 70 años y 364 días.
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